Segmentar por riesgo
No todos los proveedores requieren el mismo nivel de revisión. Deben elevarse controles cuando existe interacción con autoridades, pagos internacionales, comisiones, jurisdicciones sensibles o acceso a activos críticos.
Beneficiario y capacidad
Conocer propietarios, beneficiarios y capacidad real para prestar el servicio ayuda a detectar estructuras sin sustancia o relaciones ocultas.
Contrato y monitoreo
Cláusulas anticorrupción y declaraciones son útiles, pero deben complementarse con entregables, facturación, validación de servicios y revisión periódica.
Qué hacer con una red flag
Una alerta no implica descartar automáticamente al tercero. Debe documentarse la investigación, explicación, mitigación y decisión final de acuerdo con el riesgo.
Preguntas frecuentes
¿Basta con revisar listas restrictivas?
No. Es solo una parte de la debida diligencia. También importan beneficiarios, reputación, capacidad, propósito y forma de pago.
¿Debe repetirse la revisión?
Sí cuando cambian condiciones, riesgos, propietarios o conforme a periodicidad definida por la empresa.
¿Quién aprueba excepciones?
Debe existir un nivel de autorización definido, independiente y proporcional al riesgo.
- Ley 2195 de 2022 – medidas de transparencia y lucha contra la corrupción
- Ley 1474 de 2011 – Estatuto Anticorrupción
- Código Penal – Ley 599 de 2000
- Superintendencia de Sociedades – Circular Básica Jurídica
La normativa puede cambiar. La aplicación a un caso concreto requiere revisión de vigencia, hechos y autoridad competente.